| Año | 2004 | 2010 | 2023 | 2024 | 2025 |
|---|---|---|---|---|---|
| Nº de plazas | 30 | 6 | 15 | 13 | 8 |
El sistema de ingreso en la Función Pública Docente será el de concurso-oposición convocado por las respectivas Administraciones educativas. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.
Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio.
La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de dos tercios para la fase de oposición y de un tercio para la fase de concurso.
La fase de oposición consta de dos pruebas.
La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y consta de dos partes.
Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos y se calculará realizando la media aritmética entre las puntuaciones de las dos partes de la misma, siempre que cada una de las puntuaciones parciales sea igual o superior a 2,5 puntos. Para la superación de esta primera prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación igual o superior a 5 puntos.
Las dos partes de esta primera prueba tendrán una duración máxima de cuatro horas y treinta minutos y se realizarán sin interrupción. En el supuesto de tener que llevar a cabo la repetición de alguna de las partes, cada una de ellas tendrá una duración máxima de dos horas y quince minutos.
Parte A: Consiste en la realización de un ejercicio, valorado de 0 a 10 puntos.
Impartir una clase mediante la composición de diversas variaciones sobre ejercicios elegidos al azar de entre los propuestos por el tribunal. Con independencia de otros aspectos que se estimen procedentes por parte del personal opositor se deberá realizar un análisis técnico de las variaciones y de los distintos pasos que las componen, asimismo, indicar los objetivos y contenidos del currículo con los que tiene relación, el curso en el que podría trabajarse, propuestas metodológicas sobre su enseñanza, criterios e instrumentos para su evaluación y mínimos exigibles al alumnado en la realización de la misma.
Para la preparación de esta prueba, el personal opositor dispondrá de un tiempo máximo de 1 hora, teniendo un pianista acompañante de danza a su disposición durante los últimos 15 minutos. Su exposición ante el tribunal será de un tiempo máximo de 30 minutos. El tribunal podrá formular las preguntas, aclaratorias sobre el desarrollo de la prueba, que considere oportunas en este tiempo.
El personal opositor contará para la realización de la clase con la figura del pianista acompañante con el que ha trabajado la preparación de los ejercicios.
Esta prueba permitirá comprobar la capacidad del personal opositor para la práctica docente atendiendo al conocimiento y dominio de la materia que se va a impartir, la adecuación de los aspectos musicales y la aptitud para transmitir los conocimientos al alumnado.
Parte B: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por la persona aspirante de entre tres temas extraídos al azar por el tribunal. Esta parte B de la primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos.
Para esta especialidad, el temario vigente para Oposiciones de Profesores de Música y Artes Escénicas, es el contenido en la Orden ECD/1753/2015 de 25 de Agosto de 2015, B.O.E. nº 206 de 28 de agosto de 2015 del Ministerio de Educación y Ciencia. Este temario está conformado por un total de 35 temas.
La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia de las personas aspirantes, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación didáctica y preparación y exposición oral de una unidad didáctica de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.
Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación de esta segunda prueba será de 0 a 10 puntos, siendo el resultado la suma de las calificaciones de las dos partes de que consta.
Parte A. Presentación y defensa de la programación didáctica: tendrá un peso de un 30% en la calificación obtenida en esta segunda prueba. Dentro de esta parte A de la segunda prueba la evaluación de la presentación del documento de la programación didáctica pesará un 30% sobre la nota final y la de la defensa de la programación didáctica un 70% sobre la nota final de esta parte A.
La programación didáctica hará referencia al currículo vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso escolar en el que sale publicada la convocatoria, de un área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse todos los elementos del currículo establecidos en la normativa vigente, así como la bibliografía.
Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en los que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlos.
Para la entrega de la programación didáctica se estará a lo establecido en el apartado 7.3 de la base séptima de la presente orden.
Apartado 7.3. Entrega de la programación didáctica. Tras la publicación de la lista definitiva de personal admitido y excluido se abrirá un plazo de 5 días hábiles por resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el personal aspirante que figure en la referida lista proceda a la entrega de la programación didáctica, en formato PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. El personal aspirante que no entregue en el plazo establecido y de la forma indicada la citada programación didáctica no podrá asistir al acto de presentación ni realizar la primera prueba, ni podrá, en consecuencia, participar en el procedimiento selectivo.
Su defensa se llevará a cabo por un tiempo máximo de treinta minutos ante el tribunal cuando se convoque a tal efecto al personal aspirante, mediante citación en su sede de actuación.
Esta programación didáctica deberá cumplir los siguientes requisitos:
Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica, ante el tribunal: tendrá un peso de un 70% en la calificación obtenida en esta segunda prueba. Dicha ponderación solo se realizará en el supuesto de que se hubieran obtenido como mínimo 2,5 puntos en cada una de las partes de que consta esta segunda prueba. Para la superación de esta segunda prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación global igual o superior a 5 puntos.
Una vez finalizada y superada la fase de oposición, nos adentramos en la fase de concurso. Esta fase es ponderada con 1/3. Tras la publicación de las listas definitivas del personal admitido y excluido en este procedimiento, se abrirá un plazo de 10 días naturales, por resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para que el personal aspirante admitido adjunte los méritos de la fase de concurso, en formato electrónico PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, ordenados según los apartados que conforman el baremo del anexo II, mediante una solicitud. En los méritos alegados se incluye:
En cualquier caso, aunque se supere la puntuación de 10 entre todos los apartados, sólo se computará un máximo de 10 puntos.
En última instancia nos encontramos con la fase de prácticas, la cual es realizada exclusivamente por el personal seleccionado en el procedimiento selectivo. Su finalidad es la de proporcionar al profesorado de nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo de la función docente, así como las capacidades personales y la competencia profesional precisas para liderar la dinámica del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.
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