Estructura de la oposición de Audición y Lenguaje (597-037)

HISTÓRICO DE PLAZAS CONVOCADAS EN AUDICIÓN Y LENGUAJE

Año20012003200520072009201120172019202220242025
Nº de plazas5020020015020011818022520390237

El sistema de ingreso en la Función Pública Docente será el de concurso-oposición convocado por las respectivas Administraciones educativas. Asimismo existirá una fase de prácticas, que podrá incluir cursos de formación, y constituirá parte del proceso selectivo.

Cada una de las pruebas de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio. 

La ponderación de las puntuaciones de las fases de oposición y concurso para formar la puntuación global será de dos tercios para la fase de oposición y de un tercio para la fase de concurso.

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de un solo vistazo conoce la estructura de las pruebas de la oposición de Audición y Lenguaje

FASE OPOSICIÓN:

La fase de oposición consta de dos pruebas.

La primera prueba tendrá por objeto la demostración de los conocimientos específicos de la especialidad a la que se opta y consta de dos partes.

Esta primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos y se calculará realizando la media aritmética entre las puntuaciones de las dos partes de la misma, siempre que cada una de las puntuaciones parciales sea igual o superior a 2,5 puntos. Para la superación de esta primera prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación igual o superior a 5 puntos.

Las dos partes de esta primera prueba tendrán una duración máxima de cuatro horas y treinta minutos y se realizarán sin interrupción. En el supuesto de tener que llevar a cabo la repetición de alguna de las partes, cada una de ellas tendrá una duración máxima de dos horas y quince minutos.

Parte A: Consistirá en la realización de uno o varios ejercicios prácticos que permitan comprobar que el personal aspirante posee la formación científica y el dominio de las habilidades técnicas correspondientes a la especialidad a la que opta. Esta parte A se valorará de 0 a 10.

Se basará en la resolución de un supuesto sobre distintas situaciones escolares de entre tres propuestos por el tribunal, pudiéndose elegir el nivel del alumnado. Dicha prueba se realizará mediante el planteamiento de una intervención contextualizada, razonada y fundamentada dentro del marco teórico y en relación con la normativa en materia de Educación y el currículo vigente de la especialidad en la comunidad autónoma de Andalucía; así como el desarrollo de una propuesta didáctica y organizativa vinculada al proceso enseñanza-aprendizaje y que permita al tribunal comprobar su formación científica y el dominio de estrategias docentes.

Parte B: Consistirá en el desarrollo por escrito de un tema elegido por la persona aspirante de entre dos temas extraídos al azar por el tribunal. Esta parte B de la primera prueba se valorará de 0 a 10 puntos.

Para la especialidad, el temario vigente es el contenido en la Orden de 9 de septiembre de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia. Este temario está conformado por un total de 25 temas.

  1. La evolución de la educación especial en Europa en las últimas décadas: de la institucionalización y del modelo clínico a la normalización de servicios y al modelo pedagógico.
  2. La educación especial en el marco de la LOGSE. Su desarrollo normativo. El concepto de alumnos con necesidades educativas especiales.
  3. El proceso de identificación y valoración de las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas y su relación con el currículo. Decisiones de escolarización.
  4. El centro ordinario y la respuesta a las necesidades especiales de los alumnos y de las alumnas. El Proyecto Educativo y el Proyecto Curricular en relación con estos alumnos. Las adaptaciones curriculares.
  5. El centro específico de Educación Especial: características del Proyecto Educativo y del Proyecto Curricular. Referentes básicos y criterios para su elaboración.
  6. Los recursos materiales y personales para la atención de los alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales. Recursos de la escuela Recursos externos a la escuela. Colaboración entre servicios específicos y servicios ordinarios.
  7. Conceptos básicos sobre la comunicación y el lenguaje. Adquisición y desarrollo de la comunicación y del lenguaje y su relación con el desarrollo del pensamiento, social y afectivo.
  8. Bases anatómicas. fisiológicas y neurológicas del lenguaje. Procesos de codificación y decodificación lingüística Descripción y análisis de los componentes del lenguaje.
  9. Características del lenguaje de los alumnos y de las alumnas de Educación Infantil y Primaria. Alteraciones del lenguaje más frecuentes en estas etapas educativas. Actuaciones preventivas.
  10. Sistemas alternativos y complementarios de comunicación. El proceso de evaluación y toma de decisiones sobre los sistemas alternativos. El proceso de intervención.
  11. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia auditiva. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje.
  12. Identificación de las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia auditiva. Sistemas de detección del déficit auditivo.
  13. La intervención del maestro de audición y lenguaje con los alumnos y alumnas con deficiencia auditiva. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares. Ayudas técnicas para la comunicación: tipos y criterios de utilización.
  14. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia motora. Aspectos diferenciales del desarrollo de la comunicación y del lenguaje. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
  15. La intervención del maestro de audición y lenguaje con los alumnos y alumnas con deficiencia motora. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares. Ayudas técnicas para la comunicación: Tipos y criterios de utilización.
  16. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con deficiencia mental. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
  17. La intervención del maestro de audición y lenguaje con alumnos con deficiencia mental. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.
  18. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con autismo o con otras alteraciones graves de la personalidad. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje. Identificación de las necesidades educativas especiales de estos alumnos.
  19. La intervención del maestro de audición y lenguaje con alumnos y alumnas con autismo o con otras alteraciones graves de la personalidad. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.
  20. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con alteraciones del habla. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje.
  21. Identificación de las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con alteraciones del habla.
  22. La intervención del maestro de audición y lenguaje con los alumnos y alumnas con alteraciones del habla. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.
  23. Las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con alteraciones del lenguaje. Aspectos diferenciales en el desarrollo de la comunicación y del lenguaje.
  24. Identificación de las necesidades educativas especiales de los alumnos y de las alumnas con alteraciones del lenguaje.
  25. La intervención del maestro de audición y lenguaje con alumnos y alumnos con alteraciones del lenguaje. Criterios para la elaboración de adaptaciones curriculares.

La segunda prueba, que tendrá por objeto la comprobación de la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para el ejercicio de la docencia de las personas aspirantes, constará de dos partes: presentación y defensa de una programación didáctica (plan de apoyo anual) y preparación y exposición oral de una unidad didáctica de conformidad con lo establecido en la normativa vigente.

Cada una de las partes se calificará de 0 a 10 puntos. La calificación de esta segunda prueba será de 0 a 10 puntos, siendo el resultado la suma de las calificaciones de las dos partes de que consta.

Parte A. Presentación y defensa de la programación didáctica (plan de apoyo anual): tendrá un peso de un 30% en la calificación obtenida en esta segunda prueba. Dentro de esta parte A de la segunda prueba la evaluación de la presentación del documento de la programación didáctica (plan de apoyo anual) pesará un 30% sobre la nota final y la de la defensa de la programación didáctica (plan de apoyo anual) un 70% sobre la nota final de esta parte A.

La programación didáctica (plan de apoyo anual) hará referencia al currículo vigente de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el curso escolar en el que sale publicada la convocatoria, de un área relacionada con la especialidad por la que se participa, en la que deberán especificarse todos los elementos del currículo establecidos en la normativa vigente, así como la bibliografía.

Esta programación se corresponderá con un curso escolar de uno de los niveles o etapas educativas en los que el profesorado de esa especialidad tenga atribuida competencia docente para impartirlos.

La programación didáctica hará referencia a un plan de apoyo anual referido a un grupo de alumnos escolarizados en un centro de Educación Infantil, Educación Primaria o en un Centro Específico de Educación Especial.

Para la entrega de la programación didáctica (plan de apoyo anual) se estará a lo establecido en el apartado 7.3 de la base séptima de la presente orden. 

Apartado 7.3. Entrega de la programación didáctica (plan de apoyo anual). Tras la publicación de la lista definitiva de personal admitido y excluido se abrirá un plazo de 5 días hábiles por resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, para que el personal aspirante que figure en la referida lista proceda a la entrega de la programación didáctica (plan de apoyo anual), en formato PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. El personal aspirante que no entregue en el plazo establecido y de la forma indicada la citada programación didáctica (plan de apoyo anual) no podrá asistir al acto de presentación ni realizar la primera prueba, ni podrá, en consecuencia, participar en el procedimiento selectivo.

Su defensa se llevará a cabo por un tiempo máximo de treinta minutos ante el tribunal cuando se convoque a tal efecto al personal aspirante, mediante citación en su sede de actuación. 

Esta programación didáctica (plan de apoyo anual) deberá cumplir los siguientes requisitos:

  1. Elaboración propia.
  2. La programación didáctica (plan de apoyo anual) tendrá inexcusablemente una extensión máxima de 50 páginas, en formato DIN-A4, vertical, sin incluir portada y contraportada. Se redactará con interlineado sencillo y con letra tipo Times New Roman o similar, de 12 puntos, sin comprimir. Deberá contener un mínimo de 12 unidades didácticas desarrolladas, que tendrán que ir relacionadas y numeradas en un índice.
  3. La portada incluirá los datos de identificación del personal aspirante (DNI, nombre y apellidos), el cuerpo y la especialidad.
  4. No se podrán incluir anexos. Las programaciones didácticas (plan de apoyo anual) que no se ajusten a lo establecido en los apartados anteriores serán objeto de invalidación. En este supuesto, la persona aspirante no podrá realizar la defensa de la programación didáctica (plan de apoyo anual) y, por ende, no podrá continuar en el procedimiento, figurando como no presentada. La administración podrá usar sistemas informáticos para velar por la originalidad de la programación didáctica (plan de apoyo anual).

Parte B. Preparación y exposición oral de una unidad didáctica, ante el tribunal: tendrá un peso de un 70% en la calificación obtenida en esta segunda prueba. Dicha ponderación solo se realizará en el supuesto de que se hubieran obtenido como mínimo 2,5 puntos en cada una de las partes de que consta esta segunda prueba. Para la superación de esta segunda prueba el personal aspirante deberá alcanzar una puntuación global igual o superior a 5 puntos.

FASE CONCURSO:

Una vez finalizada y superada la fase de oposición, nos adentramos en la fase de concurso. Esta fase es ponderada con 1/3. Tras la publicación de las listas definitivas del personal admitido y excluido en este procedimiento, se abrirá un plazo de 10 días naturales, por resolución de la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos para que el personal aspirante admitido adjunte los méritos de la fase de concurso, en formato electrónico PDF, a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, ordenados según los apartados que conforman el baremo del anexo II, mediante una solicitud. En los méritos alegados se incluye:

  • La experiencia docente previa (si el tiempo de servicio se ha realizado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, no es necesario adjuntar justificación de experiencia previa), la cual se valora con hasta un máximo de 5 puntos.
  • Formación académica: expediente académico; postgrados, doctorados y premios extraordinarios; otras titulaciones universitarias de carácter oficial, no alegadas como requisito para el ingreso en la función pública docente; idiomas; titulaciones de enseñanzas de formación profesional (siempre que no se hayan utilizado para acceder a la universidad). La formación académica se valora con un máximo de 5 puntos.
  • Otros méritos: por la superación de la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo a la que se opta; formación permanente; participación en grupos de trabajo, seminarios, planes y proyectos educativos; méritos artísticos y/o deportivos y, certificados de acreditación de la competencia digital que sean emitidos por las distintas Administraciones educativas (solo computable para la especialidad de Música / Educación Física). Este apartado se valora con un máximo de 2 puntos.

En cualquier caso, aunque se supere la puntuación de 10 entre todos los apartados, sólo se computará un máximo de 10 puntos.

FASE DE PRÁCTICAS:

En última instancia nos encontramos con la fase de prácticas, la cual es realizada exclusivamente por el personal seleccionado en el procedimiento selectivo. Su finalidad es la de proporcionar al profesorado de nuevo ingreso las herramientas necesarias para el desarrollo de la función docente, así como las capacidades personales y la competencia profesional precisas para liderar la dinámica del aula que requiere el proceso de enseñanza y aprendizaje del alumnado.

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